El presente Canal del Informante se encuentra dentro del Sistema interno de Información de la Fundación de la Comunidad Valenciana Estudio y Cultura, cumpliendo las exigencias de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Este Canal es de gestión externa y la realiza el Instituto Valenciano de Compliance (IVC) respetando las garantías adecuadas que la Ley exige de: independencia, confidencialidad, protección de datos y secreto de las comunicaciones.
Así pues, el Canal del Informante será utilizado por cualquier persona para comunicar, de manera confidencial o anónima, hechos o conductas irregulares en los que haya intervenido, directa o indirectamente, cualquier persona empleada, proveedor, colaborador, … y que sean o puedan ser constitutivas de incumplimientos legales, normativos o éticos.
Las personas que utilicen este Canal deben tener indicios razonables o suficientes sobre la certeza de la información que comuniquen, no pudiendo formularse comunicaciones genéricas, de mala fe o con abuso de derecho. Se utilizará el Formulario de Comunicación que se pone a disposición de la persona informante a través de esta plataforma como el canal idóneo por su facilidad de comunicación confidencial o anónima y la posibilidad de adjuntar pruebas, documentos, fotografías, …
Según el protocolo del Sistema de Información, NO serán objeto de gestión por el IVC y serán declaradas inadmitidas las siguientes comunicaciones:
- Las comunicaciones “notoriamente falsas” o “maliciosas”.
- Las comunicaciones que no identifiquen adecuadamente los hechos denunciados o las personas implicadas.
- Aquellas comunicaciones que aporten hechos privados y que no entren dentro del ámbito de aplicación de este Canal del Informante.
Al aceptar estas Condiciones de Utilización, presto mi consentimiento para que la información facilitada sea tratada por el IVC para las acciones de gestión necesarias.
La persona informante tiene derecho a la protección eficaz de su integridad laboral, sin represalias, ni discriminación por razón de la comunicación realizada, y a ser informada sobre el resultado de la investigación y de las acciones tomadas al respecto.
*AQUÍ, se puede encontrar el “Protocolo del Canal del Informante de Fundación ESYCU”