Compliance

El Compliance o cumplimiento normativo consiste en establecer las políticas y procedimientos adecuados y suficientes para garantizar que una empresa, incluidos sus directivos, empleados y agentes vinculados, cumplan tanto con el marco normativo aplicable, como con las políticas aplicables de la empresa.

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Formación

El Instituto Compliance actualiza constantemente los protocolos de actuación del programa de cumplimiento por lo que, además de la formación inicial e individualizada para cada departamento de su empresa, periódicamente incide en la formación de directivos y trabajadores.

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Compromiso ético

Las empresas apuestan cada vez más por la ética empresarial y miden su éxito por algo más que la rentabilidad.La Ética empresarial significa actuar bajo los principios, valores, normas y pautas organizacionales que conducen a un buen comportamiento personal y social.

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INSTITUTO COMPLIANCE

SOMOS EXPERTOS EN CUMPLIMIENTO NORMATIVO

Somos una organización creada para fomentar el cumplimiento normativo y la ética de los negocios, que nace al amparo de la nueva redacción del Código Penal de 2.015, para facilitar la introducción en su empresa de las prácticas internacionalmente reconocidas como Compliance, tanto en empresas privadas como en la Administración Pública.

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Investigación

La investigación es uno de los pilares fundamentales del Instituto. La búsqueda incesante para la implantación de la cultura de la ética en los negocios, en la administración de riesgos, en la seguridad jurídica de las relaciones establecidas para así promover una verdadera certificación de confianza y credibilidad.

Formación

La formación es otra de las misiones fundamentales del Instituto, que tiene el objetivo de que las personas puedan cumplir adecuadamente con su rol profesional de manera consciente con la cultura del Compliance de la organización.

 Valores

Establecemos un conjunto de valores en nuestro sistema de gestión que está basado en los principios de sostenibilidad, en la mejora continua y en las buenas prácticas corporativas.

RESPONSABILIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS:

Con motivo de la reforma de la Ley Orgánica de 2015, que entró en vigor el 1 de Julio de 2015, se introdujo una modificación de esta responsabilidad penal, en virtud de la cual, la Persona Jurídica quedará exenta de responsabilidad cuando haya adoptado y ejecutado, antes de la comisión del delito, medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.

  • RESPONSABILIDAD POR ACTOS DE ADMINISTRADORES Y DIRECTIVOS (EJECUTIVA)

    Las Personas Jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos en su nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales o por aquellos que actuando, individualmente o como integrantes de un órgano de la Persona Jurídica, están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica u ostentan facultades de organización y control dentro de la misma.

  • RESPONSABILIDAD POR ACTOS COMETIDOS POR EMPLEADOS (“IN VIGILANDO”)

    Las Personas Jurídicas serán también penalmente responsables de los delitos cometidos en el ejercicio de las actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, por quienes estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas en el párrafo anterior, han podido realizar los hechos, por haberse incumplido gravemente por aquellos el deber de controlar su actividad atendidas las concretas circunstancias del caso.

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